Italia ordenó revisar las ciudadanías rechazadas por la «minor issue»: si te la negaron, podés pedir el reexamen sin arrancar de cero

Dr. Facundo Zeballos Rusiello · Estudio ZR · 21/08/2026 · 8 min de lectura

Italia ordenó revisar las ciudadanías denegadas por la «minor issue». La Circular N° 65050 del Ministerio del Interior (10/08/2026) dispone que, si te rechazaron el trámite porque tu antepasado era menor de edad cuando su padre se naturalizó, podés pedir el reexamen del expediente original: sin nueva solicitud, sin empezar de cero.

Ministero dell’Interno, Circular N° 65050 del 10 de agosto de 2026, dictada en aplicación de la sentencia de las Sezioni Unite de la Corte di Cassazione n. 24045/2026, decidida el 14/04/2026 y depositada el 27/07/2026.

El 10 de agosto de 2026, el Ministerio del Interior italiano emitió la circular que miles de familias argentinas estaban esperando. Una circular es una instrucción interna: la orden que el ministerio les manda a sus oficinas para decirles cómo aplicar la ley. Y la orden acá es concreta: los expedientes de ciudadanía denegados por la llamada «minor issue» (la tesis de que el hijo menor perdía la ciudadanía italiana cuando su padre se naturalizaba en otro país) deben revisarse según el nuevo criterio de la Corte de Casación, el máximo tribunal de Italia.

Es el cierre administrativo de un giro judicial enorme. Unas semanas antes, las Sezioni Unite habían enterrado esa interpretación con la sentencia n. 24045/2026. Las Sezioni Unite son las salas unidas de la Corte de Casación: cuando fallan todas juntas, el criterio queda unificado para todos los jueces de Italia.

¿Qué es la «minor issue» y por qué te rechazaron el trámite?

La «minor issue» (en criollo: «la cuestión del menor») fue durante años el motivo de rechazo más común en la vía administrativa. La interpretación era esta: si tu antepasado italiano emigró a la Argentina, se hizo ciudadano argentino, y en ese momento su hijo era menor de edad, ese hijo «perdía» la ciudadanía italiana junto con el padre — y con él, se cortaba la cadena de transmisión hacia vos.

Consulados y comunas italianas venían aplicando esa tesis para denegar carpetas enteras, apoyándose en una lectura del artículo 12 de la Ley 555/1912 (la vieja ley de ciudadanía italiana, vigente entre 1912 y 1992). Y no fue una práctica espontánea: la interpretación restrictiva se generalizó cuando el propio Ministerio del Interior la impuso mediante la Circular N° 43347 del 3 de octubre de 2024 — que a su vez incorporó el criterio de la ordenanza de la Casación n. 17161/2023 — y ordenó a las oficinas aplicarla. Miles de familias argentinas quedaron afuera por un hecho que su antepasado no eligió: ser menor de edad cuando el padre se naturalizó. La Circular 65050 viene, precisamente, a dar marcha atrás con aquella instrucción.

Las Sezioni Unite dijeron que esa lectura estaba mal. El hijo nacido en Argentina era argentino por nacimiento e italiano por sangre a la vez: tenía doble ciudadanía desde la cuna, y esa situación está protegida por el artículo 7 de la misma ley, que funciona de manera autónoma.

«No es posible recurrir a una norma, la del artículo 12, para resolver situaciones reguladas por otra, la del artículo 7.»
— Corte di Cassazione, Sezioni Unite, sentencia n. 24045/2026

¿Qué ordena exactamente la Circular 65050?

La circular baja el criterio de la Casación a la ventanilla. Los puntos centrales:

  • Ordena revisar las solicitudes denegadas cuyo rechazo se fundó exclusivamente en la vieja interpretación de la «minor issue» (artículos 7 y 12 de la Ley 555/1912).
  • Cubre las naturalizaciones ocurridas entre el 01/07/1912 y el 15/08/1992, el período de vigencia de la Ley 555/1912. La enorme mayoría de las naturalizaciones de inmigrantes italianos en Argentina cae en esa ventana.
  • No hace falta presentar una nueva solicitud. El interesado puede pedir una «simple revisión» del expediente original ante la autoridad que lo denegó.
  • Al no ser un trámite nuevo, no corresponde pagar una nueva tasa consular.

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¿Cómo pedís el reexamen de tu expediente denegado?

El camino, en la práctica:

  1. Recuperá la resolución de rechazo. Necesitás identificar el expediente y verificar que el motivo del rechazo haya sido la «minor issue» (naturalización del padre siendo tu antepasado menor de edad) y no otra causa.
  2. Verificá las fechas. La naturalización de tu antepasado tiene que haber ocurrido entre el 01/07/1912 y el 15/08/1992.
  3. Presentá el pedido de revisión ante la autoridad que denegó (el consulado italiano en Argentina o la comuna/prefectura en Italia, según dónde tramitaste). No es una nueva solicitud: es un pedido de reexamen del expediente que ya existe.
  4. Acompañá la referencia a la Circular 65050 del 10/08/2026 y a la sentencia SU n. 24045/2026, que son la base legal del pedido.
  5. Guardá constancia de todo: fecha de presentación, sello o acuse de recibo. Si la autoridad no responde o vuelve a rechazar, se abre la puerta del reclamo judicial.

¿Qué pasa si nunca llegaste a presentar la carpeta por miedo al rechazo?

Mucha gente directamente no presentó porque sabía que la iban a rechazar por la «minor issue». Para esos casos la circular no dispone nada específico —no hay expediente que revisar—, pero el cambio de criterio juega igual a favor: la interpretación que bloqueaba tu línea ya no existe. Ahora bien: tu situación se cruza con las restricciones del Decreto Tajani (el decreto-ley 36/2025, convertido en la Ley 74/2025, que limitó el reconocimiento automático a hijos y nietos de italianos) y con el resto del tablero de 2026. Antes de moverte, corresponde un análisis individual de tu línea de transmisión: no todos los caminos pasan hoy por la misma puerta.

El análisis del Dr. Zeballos Rusiello

Esta circular es, probablemente, la noticia administrativa más importante del año para las familias argentinas. Por tres razones. Primero, porque no es un fallo aislado que beneficia a una familia: es una instrucción general del Ministerio del Interior que obliga a las oficinas a aplicar el criterio nuevo. Segundo, porque invierte la lógica de los últimos años: hasta ahora, cada circular que salía de Roma restringía; esta es la primera en mucho tiempo que ordena revisar rechazos a favor del descendiente. Tercero, porque el reexamen se pide sobre el expediente que ya existe: la prueba ya está presentada, el trabajo grueso ya está hecho.

Mi recomendación profesional: si tenés un rechazo por «minor issue», no lo dejes dormir. Las ventanas administrativas en Italia se abren y se cierran con cada cambio de gestión, y este criterio favorable convive con un escenario general restrictivo. El pedido de revisión es un trámite acotado, de bajo costo y con la base legal más sólida que tuvimos en años: una sentencia de las Sezioni Unite y una circular ministerial que la aplica.

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Ficha técnica

DatoDetalle
ActoCircular N° 65050
ÓrganoMinistero dell’Interno (Viminale), Italia
Fecha10 de agosto de 2026
Base jurídicaCass., Sezioni Unite, sent. n. 24045/2026 (arts. 7 y 12, Ley 555/1912)
Alcance temporalNaturalizaciones entre el 01/07/1912 y el 15/08/1992
A quién aplicaSolicitudes denegadas exclusivamente por la «minor issue»
ProcedimientoPedido de revisión del expediente original; sin nueva solicitud

¿Qué significa para tu trámite?

  • Si te denegaron la ciudadanía por la naturalización de tu antepasado siendo su hijo menor: podés pedir el reexamen del expediente. Es el escenario central de la circular.
  • Si tu carpeta está presentada y frenada por la «minor issue»: el criterio nuevo corre también para los expedientes en curso; la autoridad ya no puede rechazarte por ese motivo.
  • Si un consulado te «desalentó» verbalmente y nunca presentaste: no hay expediente que revisar, pero tu línea dejó de estar bloqueada por esta tesis. Corresponde analizar tu caso contra el mapa completo de 2026.
  • Si tu rechazo tuvo otros fundamentos además de la minor issue: la circular no te alcanza automáticamente; hay que evaluar la vía judicial.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que iniciar el trámite de ciudadanía otra vez?
No. La Circular 65050 aclara que alcanza con pedir la revisión del expediente original ante la autoridad que lo denegó, sin presentar una nueva solicitud.

¿Qué naturalizaciones cubre la circular?
Las ocurridas entre el 1° de julio de 1912 y el 15 de agosto de 1992. Si tu antepasado se hizo argentino en ese período siendo su hijo menor de edad, tu caso entra en la ventana.

¿Aplica si me rechazaron en un consulado argentino?
Sí. La circular está dirigida justamente a la red consular, además de las comunas italianas: el pedido de revisión se presenta ante la autoridad que emitió la denegatoria — en tu caso, el consulado italiano en Argentina.

¿Cuánto tarda la revisión?
No hay plazo publicado. La circular ordena revisar pero no fija plazos. Si la administración no responde en un plazo razonable, el silencio habilita estrategias judiciales.

¿Esto tiene algo que ver con el Decreto Tajani?
Son cosas distintas. La «minor issue» es una interpretación de la vieja Ley 555/1912; el Decreto Tajani (Ley 74/2025) limitó las generaciones con derecho. Un caso puede estar alcanzado por uno, por el otro o por los dos: por eso el análisis es individual.

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Tags: ciudadanía italiana · minor issue · Circular 65050 · Sezioni Unite · Ley 555/1912 · rechazo de ciudadanía · vía administrativa


Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Cada caso requiere un análisis individual de la documentación y de las circunstancias familiares. Ante cualquier duda, consultá con un profesional matriculado.

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