Obtené la nacionalidad Española

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Si sos descendiente de españoles, este es el momento ideal para acceder a tu nacionalidad. En Estudio Zeballos Rusiello, hacemos que el trámite sea rápido, claro y sin complicaciones. Nos ocupamos de todo para que vos solo firmes los documentos y disfrutes de los beneficios de ser ciudadano español.

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¿Quiénes pueden solicitar la nacionalidad española?

Hoy en día, puede solicitarse la nacionalidad española según las siguientes normativas:

1. Por opción​

Hijos de padre o madre españoles.
• Personas bajo la patria potestad de un español.
• Determinación de filiación o nacimiento en España después de los 18 años.
• Adoptados por españoles después de los 18 años (deben solicitarla en los 2 años posteriores a la adopción).

• 10 años: regla general.
• 5 años: refugiados.
• 2 años: nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o sefardíes.
• 1 año: casos específicos (nacidos en España, casados con españoles, viudos de españoles, descendientes de españoles originarios).

Concedida discrecionalmente mediante Real Decreto en casos excepcionales.

Personas que hayan utilizado y poseído la nacionalidad española durante 10 años de forma continuada y de buena fe.

La Ley de Memoria Democrática, vigente hasta el 21 de octubre de 2025, amplía los supuestos para obtener la nacionalidad española. Podés aplicar si cumplís con alguno de estos casos:

  1. Hijos o nietos de españoles exiliados:

Abuelos o padres que emigraron debido a la Guerra Civil o la dictadura franquista y adquirieron otra nacionalidad.

2. Hijos mayores de edad:

Personas cuyos padres obtuvieron la nacionalidad española mediante la Ley de Memoria Histórica (2007).

3. Nietos de mujeres españolas:

Abuelas que perdieron su nacionalidad al casarse con un ciudadano extranjero antes de 1978.

4. Hijos y nietos de ciudadanos originariamente españoles:

Descendientes de personas consideradas originariamente españolas.

¿Qué quiere decir originariamente español?

Para ser considerado originariamente español, no hace falta haber nacido en España. Según la legislación española:

•Son originariamente españoles los nacidos de padre o madre españoles, independientemente de si nacieron en España o en el extranjero.

•En el caso de nacidos en el extranjero, serán originariamente españoles solo si el padre o madre, abuelo o abuela eran españoles al momento de su nacimiento y no habían perdido o renunciado a su nacionalidad.

¿Por qué elegirnos?

En Estudio Zeballos Rusiello, llevamos años ayudando a familias como la tuya a recuperar su nacionalidad española. Nuestro compromiso y profesionalismo nos diferencian.

Preguntas frecuentes

¿Qué ocurre con los bisnietos de españoles?

Los bisnietos no están contemplados directamente en el Código Civil ni en la Ley de Memoria Democrática; sin embargo, si sos descendiente de un ciudadano originariamente español, podés calificar bajo ciertos supuestos. Cada caso debe ser evaluado individualmente.

Partidas de nacimiento, matrimonio y defunción desde el ciudadano español hasta el solicitante.
• Certificado de exilio, si aplica.
• Certificado de naturalización argentina del ciudadano español, si aplica.
• Formularios y anexos requeridos por el consulado.

El plazo finaliza el 21 de octubre de 2025, según lo establecido en la normativa.

• Residencia y Trabajo: derecho a residir y trabajar en España y la Unión Europea.
• Educación: acceso a universidades y escuelas europeas con beneficios exclusivos.
• Transmisión Automática: la nacionalidad se transmite automáticamente a los descendientes.

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