Dr. Facundo Zeballos Rusiello · Estudio ZR · 23/08/2026 · 9 min de lectura
La Corte Constitucional italiana remitió el corazón del Decreto Tajani —el límite generacional que dejó afuera a bisnietos y tataranietos— al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. La ordinanza 147/2026 (23/07/2026) abrió el caso C-816/26, registrado en Luxemburgo el 30/07/2026. La última palabra sobre tu derecho ya no la tiene solo Italia.
Corte Costituzionale, ordinanza n. 147/2026, depositada el 23 de julio de 2026 — remisión prejudicial al TJUE sobre el art. 3-bis de la Ley 91/1992. Caso registrado en el TJUE como C-816/26 el 30 de julio de 2026.
El 23 de julio de 2026 la Corte Constitucional italiana hizo algo que casi nadie esperaba después de su sentencia 63/2026: en lugar de cerrar la discusión, la elevó. Mediante la ordinanza n. 147/2026 (una ordinanza es una resolución judicial que decide una cuestión del proceso sin dictar sentencia definitiva), la Corte planteó una remisión prejudicial (el mecanismo por el cual un tribunal nacional le pregunta al Tribunal de Justicia de la Unión Europea si una norma de su país es compatible con el derecho europeo, antes de resolver) sobre el artículo 3-bis de la Ley 91/1992 — el artículo que introdujo la Ley 74/2025 y que limita el reconocimiento automático de la ciudadanía a hijos y nietos de italianos, dejando afuera a bisnietos y tataranietos.
Una semana después, el 30 de julio, el TJUE (el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, con sede en Luxemburgo — el árbitro final cuando una ley nacional puede chocar con los tratados europeos) registró el caso con el número C-816/26, conocido como caso «Picuso» por el apellido de una de las partes.
¿Qué le preguntó exactamente la Corte italiana a Luxemburgo?
La duda que viaja a Luxemburgo es de fondo: si el límite generacional del art. 3-bis es compatible con el artículo 9 del Tratado de la Unión Europea y el artículo 20 del Tratado de Funcionamiento de la UE, las normas que crean la ciudadanía europea. El razonamiento es directo: la ciudadanía italiana no es solo italiana — es la puerta de entrada a la ciudadanía de la Unión, con sus derechos de circulación, residencia y voto. Si una ley nacional le quita a alguien la ciudadanía que ya tenía por nacimiento según el régimen anterior, no está tocando solo un tema interno: está privando a esa persona de la ciudadanía europea. Y eso el derecho de la UE lo mira con lupa.
Los casos que originaron la remisión venían de los tribunales de Mantova y Campobasso, los mismos que la Corte había unificado para la audiencia del 9 de junio de 2026.
¿La Corte no había dicho ya que la ley era válida?
Sí — y ahí está lo notable. En la sentencia n. 63/2026 (30/04/2026), la Corte había rechazado los planteos de inconstitucionalidad contra el art. 3-bis y muchos dieron el tema por cerrado. La propia ordinanza lo reconoce:
«Questa Corte ha già dichiarato non fondata tale questione con la sentenza n. 63 del 2026.» («Esta Corte ya declaró infundada tal cuestión en la sentencia n. 63 de 2026.»)
— Corte Costituzionale, ordinanza n. 147/2026, depositada el 23/07/2026
Y sin embargo, tres meses después, la misma Corte decidió que la cuestión europea merecía respuesta del TJUE. En términos institucionales es un giro: lo que en abril parecía resuelto, en julio quedó formalmente abierto en la instancia más alta del derecho europeo. Para las familias que quedaron afuera por el límite generacional, significa una cosa concreta: el partido no terminó.
👉🏻 ¿Sos bisnieto o tataranieto y te dijeron que «ya no se puede»? Tu caso puede estar dentro de la discusión europea. Agendá con el Dr. Zeballos Rusiello → Agendar consulta
¿Cuánto puede tardar la decisión del TJUE?
Los tiempos estimados que se manejan en el expediente:
- Procedimiento ordinario: hasta un año y medio, aproximadamente.
- Procedimiento acelerado: la defensa del caso analiza pedirlo, invocando que se discute un derecho fundamental que afecta a muchísimas personas. Al cierre de esta nota, no consta que el pedido se haya presentado formalmente; de concederse, los plazos bajarían a menos de un año.
Mientras tanto, el caso ya quedó registrado en Luxemburgo como C-816/26, bajo el nombre ficticio «Picuso» (el Tribunal asigna un nombre de fantasía para proteger la identidad de las familias). La ordinanza de remisión está pendiente de traducción y de publicación en el Diario Oficial de la UE — paso previo a que los Estados miembros y la Comisión Europea presenten observaciones. Al cierre de esta nota, esa publicación aún no ocurrió.
Ficha técnica
| Dato | Detalle |
|---|---|
| Acto | Ordinanza n. 147/2026 (remisión prejudicial) |
| Órgano | Corte Costituzionale (Italia) |
| Depósito | 23 de julio de 2026 |
| Norma cuestionada | Art. 3-bis, Ley 91/1992 (introducido por la Ley 74/2025) |
| Parámetro europeo | Art. 9 TUE y art. 20 TFUE (ciudadanía de la Unión) |
| Casos de origen | Tribunales de Mantova y Campobasso |
| Registro en el TJUE | Caso C-816/26 («Picuso»), 30 de julio de 2026 |
| Registro TJUE | C-816/26 («Picuso») |
| Plazo estimado | ~18 meses por vía ordinaria (menos, si se concediera un eventual rito acelerado) |
¿Qué significa para tu trámite?
- Si sos bisnieto o tataranieto de italiano: tu categoría es exactamente la que se discute en Luxemburgo. Una respuesta favorable del TJUE reabriría el reconocimiento para las generaciones excluidas.
- Si tenés un juicio en curso en Italia: tu abogado puede pedir la suspensión del proceso a la espera de la decisión europea, o sostener la compatibilidad según convenga a tu estrategia. Los tribunales italianos ya están tomando nota del caso C-816/26.
- Si todavía no iniciaste nada: la remisión no suspende la Ley 74/2025 — la ley sigue vigente. Pero armar la carpeta hoy te deja posicionado para cualquier escenario: si Luxemburgo falla a favor, los primeros en presentar serán los primeros en la fila.
- Si sos hijo o nieto de italiano: el art. 3-bis no te excluye; tu vía sigue abierta y esta discusión no te frena.
El análisis del Dr. Zeballos Rusiello
Hay que decirlo con claridad: esto no es una apelación ni una «segunda oportunidad» automática. La Ley 74/2025 sigue vigente y los consulados la siguen aplicando. Pero jurídicamente, la remisión al TJUE es el evento más importante desde el decreto de marzo de 2025, por un motivo: saca la discusión del terreno donde el Gobierno italiano controla los tiempos y la lleva a un tribunal que ya tiene dicho, en su propia jurisprudencia, que la pérdida de la ciudadanía de la Unión debe respetar el principio de proporcionalidad.
¿Qué recomiendo mientras tanto? No especular con la parálisis. Las familias que hoy documentan su línea —partidas, no naturalización, rectificaciones— llegan a cualquier escenario con la carpeta lista. Las que esperan «a ver qué pasa» van a correr desde atrás, otra vez, como pasó en marzo de 2025. La historia reciente de este tema premió siempre a los que se movieron temprano.
Un dato más, que en el estudio vemos todos los días: desde mediados de 2025, los bisnietos y tataranietos no están esperando a Luxemburgo. Reclaman por vía judicial, planteando la inconstitucionalidad de la Ley Tajani ante los tribunales italianos — y la remisión al TJUE fortalece ese camino. En ZR Estudio ofrecemos esta vía: somos uno de los pocos estudios de Argentina que litiga estos casos.
👉🏻 ¿Sos bisnieto o tataranieto? Tu vía hoy es la judicial. Agendá tu videoconsulta por juicios con el Dr. Zeballos Rusiello → Agendar consulta
👉🏻 ¿Querés dejar tu carpeta lista para cualquier escenario europeo? La armamos con vos. Agendá con el Dr. Zeballos Rusiello → Agendar consulta
¿Cómo sigue el calendario de esta causa?
- 23/07/2026 — Depósito de la ordinanza 147/2026 (Corte Constitucional).
- 30/07/2026 — Registro del caso C-816/26 en el TJUE.
- Próximo paso — Publicación de la remisión en el Diario Oficial de la UE (fecha a confirmar) y apertura de la etapa de observaciones.
- Luego — Observaciones de los Estados y la Comisión, eventual audiencia en Luxemburgo, conclusiones del Abogado General y sentencia.
- En paralelo — La Corte di Cassazione italiana tiene audiencia el 07/10/2026 sobre cuestiones conexas de ciudadanía: el frente judicial interno sigue activo.
Preguntas frecuentes
¿Quién decide ahora si los bisnietos recuperan el derecho a la ciudadanía italiana?
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en el caso C-816/26. La Corte Constitucional italiana le remitió la cuestión el 23/07/2026 y su respuesta será vinculante para los jueces italianos.
¿La remisión al TJUE suspende el Decreto Tajani?
No. La Ley 74/2025 sigue plenamente vigente mientras Luxemburgo no se pronuncie. Lo que cambia es que su compatibilidad con el derecho europeo quedó formalmente en duda.
¿Cuándo habría sentencia europea?
Por vía ordinaria, en torno a un año y medio desde la publicación en el Diario Oficial. La defensa analiza pedir un procedimiento acelerado que reduciría los plazos, pero al cierre de esta nota no consta presentado. No hay fecha fijada.
¿Me conviene iniciar el juicio ahora o esperar la decisión?
Depende de tu generación y tu prueba: es una decisión estratégica caso por caso. Lo que no conviene es esperar sin armar la carpeta, porque la documentación tarda meses y cualquier escenario favorable va a premiar a quien la tenga lista.
¿Qué es el caso «Picuso»?
Es la denominación del caso C-816/26 en el TJUE, tomada del apellido de una de las partes, según la práctica del tribunal europeo de nombrar los casos.
👉🏻 ¿Tu línea es de bisnieto o tataranieto? Analizamos tu caso frente al escenario europeo. Agendá con el Dr. Zeballos Rusiello → Agendar consulta
También te recomendamos leer
- Sentencia 63/2026: la Corte Constitucional y la ciudadanía de los bisnietos
- Campobasso y Mantua ante la Corte Constitucional: la audiencia del 9 de junio
- Ciudadanía italiana y retroactividad: Mantua cuestiona el art. 3-bis
- Otro golpe a la Ley Tajani: el Tribunal de Mantova se suma a la controversia
Tags: ciudadanía italiana · TJUE · caso C-816/26 · ordinanza 147/2026 · art. 3-bis · Decreto Tajani · bisnietos · ciudadanía europea
Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Cada caso requiere un análisis individual de la documentación y de las circunstancias familiares. Ante cualquier duda, consultá con un profesional matriculado.